quienestaobligadoacanaldedenunicias

¿Quién está obligado a tener un canal de denuncias? Lista completa de entidades según la Ley 2/2023

La Ley 2/2023 regula la protección de las personas que informan sobre infracciones normativas y lucha contra la corrupción. Una de sus principales exigencias es la implantación de un Sistema Interno de Información (SII), y un canal de denuncias, en determinadas entidades privadas. Hasta ahora había cierta incertidumbre sobre la lista completa para saber con exactitud ¿Quién está obligado a tener un canal de denuncias?. Según el informe jurídico emitido por la AGPI (Axencia Galega de Protección da Informante) el 5 de mayo de 2025, estas son todas las entidades del sector privado obligadas a contar con un canal de denuncias:

1. Empresas con 50 o más personas trabajadoras

Están obligadas todas las personas físicas o jurídicas del sector privado que tengan 50 o más trabajadores/ascontratados laboralmente (se incluyen fijos, temporales, a tiempo parcial, etc.).

Se incluyen también cooperativas, entidades religiosas con personal contratado, clubes deportivos, empleadores del hogar, empresas agrarias y marítimo-pesqueras, entre otros.

2. Personas jurídicas del sector privado que entren en el ámbito de normativa europea. Lista completa de entidades según la Ley 2/2023

Se trata de entidades obligadas aunque no lleguen a los 50 trabajadores, si operan en alguno de los sectores regulados por la normativa de la UE recogida en el anexo de la Directiva (UE) 2019/1937. A continuación, el listado completo:

Entidades del sector financiero y de inversión:

  1. Entidades de crédito
  2. Entidades financieras
  3. Entidades de dinero electrónico
  4. Gestores de fondos de inversión alternativos
  5. Gestores de organismos de inversión colectiva (OICVM)
  6. Fondos de pensiones de empleo
  7. Empresas de servicios de inversión
  8. Entidades que realicen operaciones de derivados extrabursátiles
  9. Proveedores europeos de financiación participativa (crowdfunding)
  10. Empresas vinculadas al uso de índices financieros como referencia
  11. Intermediarios financieros, depositarios centrales de valores
  12. Entidades relacionadas con sistemas de garantía de depósitos e indemnización de inversores
  13. Entidades que realicen operaciones de financiación de valores
  14. Intermediarios de crédito hipotecario o al consumo

Aseguradoras y distribuidores de seguros:

  1. Entidades aseguradoras y reaseguradoras
  2. Agentes de seguros (exclusivos y vinculados)
  3. Corredores de seguros y reaseguros
  4. Operadores de banca-seguros
  5. Colaboradores externos de mediadores de seguros

Profesionales obligados por normativa de blanqueo de capitales:

  1. Auditores
  2. Contables externos
  3. Asesores fiscales
  4. Notarios y abogados que intervienen en operaciones financieras o inmobiliarias
  5. Proveedores de servicios a sociedades y fideicomisos (trusts)
  6. Agentes inmobiliarios
  7. Proveedores de servicios de juegos de azar
  8. Intermediarios en comercio de bienes de gran valor (joyas, vehículos de lujo, arte, etc.)
  9. Comerciantes que acepten pagos en efectivo por importe ≥10.000€
  10. Clubs de fútbol profesional que realicen operaciones con inversores, patrocinadores o traspasos de jugadores
  11. Agentes de fútbol

Entidades vinculadas al transporte o medio ambiente:

  1. Empresas del sector aéreo (seguridad y notificación de incidentes)
  2. Empresas marítimas con buques que operen en puertos de la UE
  3. Empresas del sector del petróleo y gas offshore
  4. Empresas sujetas a normativas de protección ambiental europeas

Otras entidades específicas:

  1. Operadores de migración por inversión
  2. Sociedades mixtas de cartera no financieras
  3. Instituciones que comercian con bienes culturales o los almacenan en zonas francas
  4. Empresas que emiten, ofertan o prestan servicios relacionados con criptoactivos

3. Entidades privadas que gestionen o reciban fondos públicos

También están obligados a disponer de un canal de denuncias los siguientes entes, si reciben o gestionan fondos públicos:

  • Partidos políticos
  • Sindicatos
  • Organizaciones empresariales
  • Fundaciones creadas por cualquiera de los anteriores.

¿Y si no estás obligado? Puedes implantarlo voluntariamente

La Ley permite a las entidades que no estén obligadas establecer su propio canal de denuncias, siempre que cumpla los requisitos exigidos (confidencialidad, gestión segura, integración de canales, etc.).

Notificación del responsable del sistema

En Galicia, las entidades obligadas deben notificar a la AGPI el nombramiento y cese del responsable del sistema en un plazo máximo de 10 días hábiles. En otras comunidades autónomas, la notificación debe hacerse a la autoridad competente correspondiente o a la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AAI).

¿Tienes dudas sobre si tu empresa está obligada o cómo cumplir con la ley?

En este post hemos intentado ayudar a identificar ¿Quién está obligado a tener un canal de denuncias?, pero si tienes dudas, en ithikios te ayudamos a implantar un canal de denuncias completo, legal y eficaz. Ya sea obligatorio o voluntario, podemos adaptarlo a tu organización. Contacta con nosotros sin compromiso.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.