La nueva Directiva DIRECTIVA (UE) 2019/1937 sobre la protección de los whistleblowers está generando dudas sobre quien debe tener un canal de denuncias / ético y quién no.
El resumen es:
- Empresas de 250 empleados o más o más de 10MM € de facturación, a partir de diciembre 2021, obligatorio.
- Empresas de 50 o más empleados, de momento no se sabe la fecha final, pero probablemente será diciembre de 2023.
- Las entidades públicas con más de 50 empleados o una población superior a los 10.000 habitantes, en el caso de ayuntamientos.
- Empresas que presten servicios en el ámbito financiero.
- Las empresas afectadas por la Directiva (UE) 2018/843, de Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo.
- Además se requiere un canal de denuncias para el compliance laboral y penal.
- Necesarios en UNE19601 y la nueva ISO 37301
Las fechas finales y alcance de las organizaciones se puede ver afectado por la transposición en España. ithikios es un canal de denuncias para empresa en la nube. Fácil de implementar y cumpliendo con toda la normativa.
Hemos recopilado enlaces directos a algunos expertos en el área de compliance penal y sus primeras impresiones sobre la normativa europea aprobada en noviembre de 2019.
Diario oficial Unión Europea – DIRECTIVA (UE) 2019/1937 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
PWC – Nueva Directiva para la protección de los ‘whistleblowers’
GARRIGUES – Aprobada la Directiva ‘whistleblowing’ que obliga a incorporar canales de denuncia en las empresas
ELDERECHO.COM – Whistleblowing o canales de denuncia interna