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¿Dónde hay que comunicar el nombramiento del Responsable del Sistema Interno de información?

Estás implementando el canal de comunicación interna y para cumplir con la Ley 2/2023, te planteas la pregunta típica: ¿Dónde hay que comunicar el nombramiento del Responsable del Sistema Interno de información?

Esta pregunta, qué debería tener una respuesta única y cerrada, no es sencilla de responder. Según la Ley 2/2023, en su artículo 5, indica:

“El órgano de administración u órgano de gobierno de cada entidad u organismo obligado por esta ley será el responsable de la implantación del Sistema interno de información, previa consulta con la representación legal de las personas trabajadoras, y tendrá la condición de responsable del tratamiento de los datos personales de conformidad con lo dispuesto en la normativa sobre protección de datos personales.”

Por tanto, se deberá nombrar, por el órgano de administración que lo deberá reflejar en un acta de nombramiento.

En el artículo 8.3, podemos leer:

Tanto el nombramiento como el cese de la persona física individualmente designada, así como de las integrantes del órgano colegiado deberán ser notificados a la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I., o, en su caso, a las autoridades u órganos competentes de las comunidades autónomas, en el ámbito de sus respectivas competencias, en el plazo de los diez días hábiles siguientes, especificando, en el caso de su cese, las razones que han justificado el mismo.

Hasta aquí bastante claro. ¿Dónde surge el problema? A fecha de hoy, no se ha creado la Autoridad Independiente de Protección del Informante y por tanto, salvo que en la comunidad autónoma exista una autoridad delegada, no es posible realizar esta comunicación.

Así, por ejemplo, en Cataluña, es la Oficina Antifrau de Catalunya, que como indica en su web:

“Los sujetos que dispongan de un sistema interno de información, en el sector público o en el sector privado, en cumplimiento de obligaciones legales o por decisión propia, y que estén incluidos en el ámbito de competencias de la Oficina Antifraude de Cataluña, deben comunicarle (art. 8.3 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero):

  • El nombramiento y cese de la persona física individualmente designada como responsable del sistema interno de información
  • O, en su caso, el nombramiento y cese de las personas que integren el órgano colegiado responsable del sistema interno de información

Deberán tener en cuenta que:

  • La comunicación debe realizarse en el plazo de los diez días hábiles siguientes al nombramiento o cese
  • En el caso de cese, deben especificarse las razones que lo han justificado

¿Cómo hacer la comunicación?

1er paso. Es necesario descargar el formulario Comunicación de responsable del sistema interno de información (art. 8 de la Ley 2/2023) en su ordenador y rellenarlo desde allí y no desde la visión del navegador. Se necesita tener instalado Adobe Acrobat Reader (ver vídeo explicativo).
Formulario

2º paso. Una vez rellenado el formulario debe enviarse a la Oficina Antifraude:

  • Administración pública. Presentar el formulario a través del envío genérico de EACAT
  • Sector privado. Presentar el formulario a través del Registro general de la Sede electrónica de la Oficina Antifraude”

Desde ithikios estaremos atentos a la constitución de la Autoridad Independiente de Protección del Informante e informaremos de la página y procedimiento para comunicar el responsable del sistema de información.

ithikios es un canal de información interna muy fácil de implementar y usar. Diseñando según la ley 2/2023 y con la certificación ISO27001 para asegurar la confidencialidad de la información gestionada.

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